IGV 10.5% en 2026: nueva tasa para restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos

Publicado por QUESITO en Facturación Electrónica • 17 febrero 2026 03:27 PM

Desde el 1 de enero de 2026, los negocios MYPE de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos deben aplicar una nueva tasa total de 10.5% en sus ventas.

Este cambio se da por la actualización de dos componentes del impuesto, según lo establecido en la Ley N.º 32219 y la Ley N.º 32387.

¿Qué cambió?

Antes, la tasa especial del sector era:

  • 8% IGV
  • 2% IPM
    • Total: 10%

Desde 2026, pasa a ser:

  • 8% IGV
  • 2.5% IPM
    • Total: 10.5%

Es decir, el IGV no sube. El ajuste viene por el incremento del IPM.

¿Por qué el IGV sigue en 8%?

Porque la tasa reducida fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026 como medida de apoyo a las MYPES del sector turismo y gastronomía.
Durante todo el 2026 se mantiene ese beneficio. Pero, el IPM aumentará de manera gradual:
 

AÑO
IPM
IGV
TASA TOTAL
20262.5%8%10.5%
20273.0%12%15%
¿A quiénes aplica?

Esta tasa corresponde únicamente a negocios como:

  • Restaurantes
  • Hoteles
  • Alojamientos turísticos
  • Servicios de hospedaje

No aplica al régimen general del IGV (18%).

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En Quesito, la nueva tasa ya se encuentra habilitada dentro del sistema de facturación electrónica.

Esto te permite emitir tus comprobantes con el 10.5% de forma fácil y rápida, cumpliendo con la normativa vigente y manteniendo tu facturación alineada a los cambios tributarios del 2026.


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